Grupo AGVGSB ROTATIVO MININGgolden arrow
JMB Ingenieria Ambiental - RINFA ENCABEZADOCONOSUR ENCABEZADOPWC LOGO MINING PRESS
Induser ENCABEZADOWICHI TOLEDO ENCABEZADOWEG
CAPMINMANSFIELD MINERA HVELADERO ENCABEZADOKNIGHT PIÉSOLD ENCABEZADO
OMBU CONFECATJOSEMARIA ENCABEZADOBANCO SC ENCABEZADOSAXUM ENGINEERED SOLUTIONS ENCABEZADO
FERMA ENCABEZADOERAMET CABECERA
SACDE ENCABEZADOglencore PACHONNEWMONT COVID
RIO TINTO RINCONHIDROAR ENCABEZADOSECCO ENCABEZADO
CRISTIAN COACH ENCABEZADOEXPO SAN JUAN ENCABEZADOBANCO SJ ENCABEZADOPRELAST
ABRASILVER ENCABEZADORUCAPANELEPIROC ENCABEZADO
CERRO VANGUARDIAEXPO LITIO ENCABEZADOLITHIUM SOUTH
ALEPH ENERGY ENCABEZADOMETSO CABECERAEXAR ENCABEZADO
ARCADIUM LITHIUMMilicic ENCABEZADO
MAPAL ENCABEZADODELTA MINING
PIPE GROUP ENCABEZADMINERA SANTA CRUZPAN AMERICAN SILVER
EVENTO LITIO ENCABEZADOCINTER ENCABEZADOVIALES SANTA FE ENCABEZADO MINING
ACTUALIDAD
Eléctricas: Un fallo suspendió dos fondos en las facturas de Provincia de Buenos Aires
27/05/2016

Suspenden cobros de “fondos especiales” en facturas de luz

EL DÍA

El gobierno bonaerense deberá abstenerse de aplicar dos impuestos que se cobran sobre las facturas de luz de los usuarios de toda la Provincia, por lo que la tarifa de ese servicio se reducirá en un 15%.

Así lo ordenó un fallo de la Justicia en lo Contencioso Administrativo que hizo lugar a la presentación de usuarios particulares contra la imputación de dos contribuciones especiales. Según estimaciones, el fisco bonaerense recaudó el año pasado unos 630 millones de pesos en este concepto.

La resolución fue dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo de Pergamino y beneficiará a los usuarios bonaerenses, que afrontan desde marzo de este año un fuerte incremento en la tarifa eléctrica.

Concretamente, el fallo firmado por el juez Luciano Savignano dispone que las empresas que prestan servicio de energía y las cooperativas eléctricas no podrán cobrar dos impuestos creados por la Provincia en las décadas del ‘60 y el ‘70.

Las contribuciones figuran en las boletas de electricidad como Decreto Ley provincial 7.290 -Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico- y decreto ley 9.038 -Fondo Especial para Grandes Obras- y corresponden a un “impuesto” y un “adicional” con asignaciones específicas, creados en 1967 y 1978, respectivamente. La primera de ellas grava el consumo eléctrico en un 10 por ciento, y la segunda, en un 5,5%.

La recaudación obtenida debía asignarse exclusivamente a estudios, proyectos y trabajos que incrementen el desarrollo eléctrico de la Provincia y a la construcción de grandes obras energéticas que, en rigor, nunca se hicieron.

Los montos obtenidos, que representan el 15,5% del total del consumo de energía de cada usuario bonaerense, no fueron destinados a la construcción de dichas obras ni al desarrollo del sistema eléctrico sino que vienen siendo, sistemáticamente, incorporados a rentas generales.

CAUTELAR

La resolución judicial surgió a partir del recurso de amparo presentado por dos concejales del radicalismo de Pergamino -Carlos Elizalde y Ramiro Llan de Rosos- ante el Contencioso Administrativo.

En la presentación ante la Justicia, los concejales afirmaron que “la aplicación a la fecha de lo establecido en las normas impugnadas incrementan arbitrariamente facturaciones que contienen valores irrazonables, abusivos, arbitrarios y manifiestamente ilegales”.

“En ambos casos -agregaron- el objeto/fin para el cual fueron implementados estos tributos a la fecha no resultan vigente, circunstancia ésta que hace a la irrazonabilidad de los mismos”, agregaron.

Además, en el planteo se objeta el cobro de esos tributos para la realización de obras, toda vez que el servicio eléctrico fue privatizado y esas obligaciones corresponden a las empresas.

En una primera instancia, el Juzgado Contencioso Administrativo de Pergamino hizo lugar al planteo y dictó una cautelar para que la Provincia se abstenga de cobrar los impuestos, aunque sólo a los demandantes. Pero el tribunal ordenó además notificar a la Defensoría del Pueblo de la Provincia, desde donde se hizo otra presentación para que la medida se haga extensiva a todos los usuarios del servicio eléctrico en territorio bonaerense.

Finalmente, el juez Luciano Savignano hizo lugar a este nuevo planteo, por lo que la disposición se aplicará en general, aunque en forma cautelar y hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.

“Fuimos notificados por la Justicia e intervinimos en defensa de los derechos colectivos de la Provincia. Por eso planteamos que se haga extensivo”, explicó el titular de la Defensoría del Pueblo bonaerense Marcelo Honores.

Con fecha 23 de mayo, el fallo ordena “disponer cautelarmente que el Fisco de la provincia de Buenos Aires se abstenga de percibir, por sí o por terceros, el cobro de dichos tributos respecto al colectivo de usuarios, ni exigir a los agentes de retención correspondiente la transferencia del importe equivalente a las sumas no percibidas por dichos conceptos”.

Según estimaciones partir de los datos contenidos en el Presupuesto, el gobierno de la Provincia recaudó el año pasado unos 630 millones de pesos en este concepto.


Vuelva a HOME


KNIGHT PIESOLD DERECHA NOTA GIF 300
Lo más leído
PODER DE CHINA
AGUA Y MINERIA
NOTA MÁS LEIDAs MP GIF
VENEZUELA