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MINERÍA
Chile hará consulta por el Reglamento de Seguridad Minera
24/08/2016

Consulta Ciudadana acerca de las modificaciones al Reglamento de Seguridad Minera

MINING PRESS/Sernageomin

El Ministerio de Minería y el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) invitan a participar de la consulta ciudadana sobre las modificaciones al Reglamento de Seguridad Minera, a través de la página web www.sernageomin.cl, desde el 23 de agosto al 23 de septiembre de 2016.

El Reglamento de Seguridad Minera es una norma eminentemente técnica, que establece las exigencias mínimas que en materia de seguridad deben cumplirse en el desarrollo de las actividades mineras. Como norma técnica, requiere ser modificada periódicamente a fin de ajustarse a los continuos progresos que se producen en la técnica de la industria minera en nuestro país.

En efecto, la más reciente modificación general de dicho Reglamento data del año 2002, lapso en el cual se ha producido un sostenido desarrollo, presentando cambios importantes en las técnicas utilizadas en la industria minera que demandan adecuaciones a la normativa de seguridad que la regula.

Además, se incluyen ciertas modificaciones que pretenden superar dichas deficiencias, a fin de facilitar y hacer más efectiva la actividad del Sernageomin en el cumplimiento de sus funciones.

Por otra parte, en este tiempo también la Administración ha recibido y escuchado demandas y propuestas del sector regulado. Algunas de estas observaciones se han dirigido a la falta de claridad de la regulación en algunas materias, y otras a lo engorroso de ciertas exigencias que contempla el Reglamento. Por ello, la propuesta también busca hacerse cargo de las demandas justificadas, modificando el Reglamento en lo que al efecto sea pertinente.

Por último, se pretende adecuar la normativa de seguridad minera a las recientes modificaciones legales y reglamentarias que le afectan. En especial, a la Ley Nº 20.551 que Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, y su Reglamento. Esta ley aborda una materia que anteriormente se regulaba en el Reglamento de Seguridad Minera. Por ello se requiere adaptar dicho Reglamento a esta nueva realidad, de manera que ambos cuerpos normativos sean coherentes.

¿Cómo participar?

Durante el periodo de consulta pública, cualquier persona natural o en representación de organizaciones, con o sin personalidad jurídica, puede conocer la propuesta de modificación al Reglamento sometido a consulta y enviar sus opiniones, observaciones y/o aportes sobre el mismo, utilizando para ello el formulario que se publica al concluir esta introducción.

Como alternativa y de manera excepcional, las personas con dificultades de accesibilidad al sitio web, pueden hacer llegar sus observaciones en la Oficina de Partes del Sernageomin o de la Dirección Regional que corresponda, dentro del plazo establecido para la consulta pública:

- Directamente en la Oficina de Partes, en día y horario hábil, ubicada en Av. Santa María 0104, Providencia, o

- Vía Correo postal dirigido al Director Nacional de Sernageomin, a Av. Santa María 0104, 4° piso, Providencia, dentro del plazo fijado para la consulta, el cual será verificado, a través del timbre postal.

Las observaciones deben estar referidas al instrumento que se consulta, de lo contrario, éstas serán remitidas a la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencia (OIRS) que corresponda.

Las observaciones recibidas y declaradas admisibles, serán analizadas por la Unidad técnica correspondiente, para ser consideradas según su pertinencia en la elaboración del instrumento definitivo.

Importa señalar que todo/a observante recibe respuesta a sus observaciones, las que también estarán disponibles en la página web del Sernageomin al final del proceso, en un plazo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha de cierre de la consulta.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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