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ACTUALIDAD
SONAMI vs. SEIA por el transporte y embarque de minerales
24/03/2017

Gremio minero rechaza someter el transporte y embarque de minerales al SEIA

MINING PRESS/SONAMI

El director de la Sociedad Nacional de Minería (SONAMI), Francisco Costabal, expuso ante la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados la postura del gremio minero respecto al Proyecto de Ley que modifica la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, para someter el transporte, recepción, acopio y embarque de minerales al sistema de evaluación de impacto ambiental. Al respecto, el directivo de SONAMI afirmó que la iniciativa “resulta innecesaria pues se trata de una actividad regulada, existiendo distintos instrumentos vigentes para abordarla”.

“Las actividades que se pretenden someter al SEIA en la propuesta legislativa ya se encuentran efectivamente reguladas, por las disposiciones de la ley N° 19.300 y del Reglamento SEIA, por lo cual no resulta pertinente realizar las modificaciones legales propuestas”, sostuvo Costabal ante los miembros de la comisión.

El director de SONAMI agregó que lo mismo ocurre con “la recepción, acopio y embarque de minerales, los cuales se someten al SEIA por ser instalaciones contempladas al interior de un puerto, obra que ingresa al SEIA de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 letra f) de la Ley N°19.300”.

El ejecutivo explicó que, actualmente, las actividades de transporte de minerales o concentrados de mineral, “tienen asociadas en sus RCAs la obligación de uso de carpas y otras medidas para minimizar la emisión de partículas, las cuales deben ser cumplidas por los titulares de proyectos y fiscalizadas por la Superintendencia del Medio Ambiente”.

En cuanto a las modificaciones a la Ley del Tránsito que se proponen, SONAMI considera que no serían necesarias. “Existen otros instrumentos jurídicos vigentes que están disponibles para regular en caso que se requiera, y que a la vez permiten una fácil adecuación a las mejoras tecnológicas que puedan introducirse a la actividad”.

“No es conveniente el establecimiento de un solo estándar para el transporte. Los estándares deben ser definidos en consideración de las particularidades de cada tipo de mineral o concentrado de mineral transportado”, concluyó Francisco Costabal.


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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