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POLÍTICA Y ENERGÍA
Argentina descongeló los precios de los combustibles. Las claves y la resolución
18/09/2019

Los precios aumentaron un 4%

ENERNEWS/Diarios

El gobierno nacional autorizó el alza a raíz de la disparada del valor del petróleo internacional. Para las petroleras representa 2 dólares por cada barril, el mismo monto que el lunes se había ofrecido con la condición de que desistan de las medidas judiciales.

"El Decreto de congelamiento de los combustibles del 2 de septiembre de 2019 habilita a la Secretaría de Gobierno de Energía (SGE) a dictar, en la medida en que las circunstancias lo ameriten, los actos que resulten necesarios para ir normalizando los precios del sector con el fin de proteger al consumidor y sostener el nivel de actividad y el empleo", asegura el parte de prensa.

Y agrega: "Dichas circunstancias se vieron notablemente afectadas a partir del incremento del precio del petróleo que derivó del ataque sufrido por las infraestructuras petroleras de Arabia Saudita. El precio del Brent aumentó 14% en un día, lo que representó la tercera variación más importante tras las sufridas en 1986 (15,1%) y 2009 (16,8%)".

Esta será la primera modificación en el precio de los surtidores que abonan los consumidores minoristas en más de un mes, dado que según se detalló desde Nación los hechos internacionales “conllevan a una situación imprevista y significativa de incremento de precios que inevitablemente impactan en la producción, la comercialización y el normal abastecimiento de los combustibles en nuestro país”.

El Gobierno decretó el 15 de agosto un congelamiento de los precios de los combustibles "por los próximos 90 días" aunque teniendo como referencia los valores al 9 de agosto, es decir, con un dólar a $45. Sin embargo, el impacto de la derrota de Juntos por el Cambio en las PASO provocó una devaluación, que llevó a la divisa a tocar los $63, aunque esta semana bajó a $58.

Ese atraso cambiario por la incertidumbre electoral, potenciado por el aumento del precio del barril de crudo del tipo Brent, que pasó de u$s58 a u$s64 en septiembre, pondrían en peligro inversiones en Vaca Muerta, explicó a este medio la fuente gubernamental al reconocer negociaciones para ponerle fin al congelamiento.

Por su parte, el líder de los petroleros privadosGuillermo Pereyra, confirmó la semana pasada que las petroleras suspendieron a mil trabajadores por el nuevo contexto internacional. Las compañías definen si abandonan algunas perforaciones en Vaca Muerta.

La secretaría de Energía todavía no definió el porcentaje de aumento ni el impacto en cada combustible, pero la referencia podría ser el 4% de inflación que el Indec registró en agosto, es decir, en el mes que entró en vigencia el decreto del presidente Mauricio Macri. Los funcionarios analizaban autorizar la suba para los combustibles premium, de mayor nivel de octanaje.

De ocurrir así, la migración hacia los combustibles de menor grado que comenzó el año pasado podría profundizarse. Con la suba de las naftas, conductores que cargaban nafta premium optaron por reemplazarla por la variante "súper".

La Casa Rosada intentó el lunes una última jugada, pero no le fue bien: publicó en el Boletín Oficial la entrega de un subsidio a provincias y petroleras a cambio de que no iniciaran juicios contra el Estado. Significaba $116,1 por cada barril: el 88% para las empresas y 12% para los distritos. Ninguno de los actores aceptó la oferta. Por estas horas, entonces, el ala económica negocia con gobernadores y empresarios el fin del congelamiento.

Mientras los automovilistas deberán desde mañana abonar un 4% por los combustibles que carguen para las petroleras la definición de Nación implica una modificación de 2,64 centavos por cada barril (antes de retenciones y regalías), prácticamente el mismo monto que el lunes se había ofrecido a las petroleras y gobiernos provinciales por medio de la Resolución 552/19 aunque en ese caso con la condición de que antes desistan de continuar con la vía judicial.


En detalle la modificación se realizará a partir del tipo de cambio reconocido por Nación para las petroleras, que inicialmente había sido congelado a 45,19 pesos y desde la semana pasada se elevó a 46,69. Con esta nueva medida el tipo de cambio pasará a 49,29 pesos.

Esto implica en la práctica que el tipo de cambio se mantiene a 9 pesos por debajo del valor oficial, por lo cual junto al congelamiento del valor del crudo internacional a 59 dólares cuando hoy el cierre fue a 64 dólares, cada barril extraído dentro del territorio argentino cotiza 14 dólares por debajo de los valores internacionales antes de descontarles regalías y retenciones, que dejan el valor final del barril argentino en unos 45 dólares.

Resolución 557/2019

MINISTERIO DE HACIENDA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA

RESOL-2019-557-APN-SGE#MHA 

Ciudad de Buenos Aires, 18/09/2019

VISTO el expediente EX-2019-82535610-APN-DGDOMEN#MHA, el decreto 566 del 15 de agosto de 2019 y el decreto 601 del 30 de agosto de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3º del decreto 601/2019 se instruye a la Secretaría de Gobierno de Energía, en su carácter de autoridad de aplicación de la ley 17.319 y sus modificatorias, para que teniendo en cuenta los fines perseguidos por el decreto 566 del 15 de agosto de 2019 y en tanto duren sus efectos, dicte los actos que resulten necesarios para normalizar los precios del sector hidrocarburífero y/o modificar los valores de referencia y precios topes allí establecidos.

Que los recientes acontecimientos -de público conocimiento- sucedidos en el mercado internacional de petróleo conllevan a una situación imprevista y significativa de incremento de precios de referencia internacionales que podrían impactar en la producción y el desarrollo de los hidrocarburos en nuestro país.

Que tales hechos podrían derivar en la afectación de la producción, la comercialización y las importaciones y, por lo tanto, en la afectación del abastecimiento de los combustibles en el mercado interno.

Que, asimismo, se pretende amortiguar los eventuales impactos futuros de traslado a precios en pico de surtidor en bocas de expendio (estaciones de servicio) de las recientes variaciones del tipo de cambio y de precios del crudo.

Que es responsabilidad de esta Secretaría de Gobierno de Energía velar por la seguridad del abastecimiento de combustibles.

Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del apartado VIII bis del anexo II al decreto 174 del 2 de marzo de 2018 y del artículo 3° del decreto 601 del 30 de agosto de 2019.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establecer que durante la vigencia del decreto 601 del 30 de agosto de 2019 los precios de naftas y gasoil en todas sus calidades, comercializados por las empresas refinadoras y/o los expendedores mayoristas y/o minoristas, que tengan como destino final el abastecimiento de combustibles por pico de surtidor en bocas de expendio (estaciones de servicio) podrán incrementarse en hasta cuatro por ciento (4%) respecto de los precios vigentes al 9 de agosto de 2019.

ARTÍCULO 2º.- Establecer que durante la vigencia del decreto 601/2019 las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local deberán ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al día 9 de agosto de 2019, aplicando un tipo de cambio de referencia de cuarenta y nueve pesos con treinta centavos por dólar estadounidense ($ 49,30/USD), equivalente a un cinco coma cincuenta y ocho por ciento (5,58%) de incremento sobre el valor de referencia vigente, y un precio de referencia BRENT de cincuenta y nueve dólares por barril (USD 59/bbl).

ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial y se aplicará a las transacciones que se realicen a partir de esa fecha.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gustavo Sebastián Lopetegui

e. 19/09/2019 N° 70939/19 v. 19/09/2019

 

Fecha de publicación 19/09/2019


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*La información y las opiniones aquí publicados no reflejan necesariamente la línea editorial de Mining Press y EnerNews

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